El gobierno logra un pacto histórico que cambiará las cotizaciones de los autónomos
Tras la aprobación y publicación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, se ha establecido un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos. A partir del 1 de enero de 2023, la cotización a autónomos se efectuará en función de la totalidad de los rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de vuestras actividades económicas, empresariales o profesionales, con independencia de que se realicen a título individual o como socios o integrantes de cualquier entidad.
Los rendimientos netos anuales a tener en cuenta para fijar la base de cotización, son los declarados para ese mismo ejercicio en la Hacienda correspondiente. Por ello, tendréis la oportunidad de comunicar de antemano y durante el año 2023 a la TGSS, los rendimientos netos que esperáis obtener durante ese año, a fin de acercar vuestra base de cotización a los rendimientos netos mensuales reales.
En el caso de haber cotizado por una base de cotización superior a la que correspondía por tablas, la TGSS dará dos opciones:
Opción 1.- Optar por la devolución del exceso de cuotas y la corrección de las bases de cotización del año 2023.
Opción 2.- Renunciar a la devolución del exceso de cuotas y mantener la base de cotización vigente a 31 de diciembre de 2022.
Al contrario, en el caso de haber cotizado por una base de cotización inferior a la que correspondía por tablas, la TGSS obligará al autónomo a ingresar las diferencias de cuota de todo el año 2023, sin intereses ni sanciones. En este caso, la base de cotización que fijará la TGSS será la mínima del tramo que corresponda.
Para terminar, todos los autónomos que venían disfrutando de alguna bonificación en la cuota, seguirán haciéndolo hasta agotar los periodos máximos previstos en cada caso.